Notice: La función _load_textdomain_just_in_time ha sido llamada de forma incorrecta. La carga de la traducción para el dominio hueman se activó demasiado pronto. Esto suele ser un indicador de que algún código del plugin o tema se ejecuta demasiado pronto. Las traducciones deberían cargarse en la acción init o más tarde. Por favor, ve depuración en WordPress para más información. (Este mensaje fue añadido en la versión 6.7.0). in /home/histori1/public_html/wp-includes/functions.php on line 6114
La nacionalización de los bienes eclesiásticos: una labor de gigantes | Historias de la Historia

La nacionalización de los bienes eclesiásticos: una labor de gigantes

El 12 de julio de 1859, el gobierno que encabezaba Benito Juárez decretó la Ley de nacionalización de bienes eclesiásticos y de separación de la Iglesia y el Estado. Esta ley fue la respuesta del legítimo mandato emanado de la Carta Magna al extremismo mostrado por las autoridades eclesiásticas desde que, tres años antes, el 26 de junio de 1856, siendo presidente sustituto Ignacio Comonfort, se había expedido el decreto que contenía la Ley de desamortización de bienes de la Iglesia y de corporaciones, conocida como Ley Lerdo.

Ley de Desamortizacion de los bienes del clero

Los antecedentes de la confrontación entre la Iglesia y el Estado se remontaban a 1855. Una vez alcanzado el triunfo por los revolucionarios de Ayutla, las acciones de batalla debían traducirse en políticas públicas que poseyeran como meta alcanzar el mejoramiento de las condiciones en que se encontraba el país. La aplicación de leyes con este propósito se convirtió así en una tarea ineludible.

En la Ley Lerdo de 1856 se evidenciaba que una de las mayores trabas a las que se había enfrentado la nación en búsqueda de su prosperidad y engrandecimiento era la inexistente movilidad y circulación de gran parte de las propiedades que se encontraban en posesión de manos muertas, pertenecientes en su mayoría a las corporaciones eclesiásticas.

Con tal disposición legal se emprendía un ataque directo al poder económico de la Iglesia, que durante más de tres siglos había amasado una fortuna considerable y que era, en la práctica, el mayor terrateniente y rentista del país.

Sin embargo, la Ley Lerdo contenía una faceta que podría calificarse de moderada ante las circunstancias y, aún más, que legitimaba la tenencia de esas posesiones para la Iglesia, otorgándole la posibilidad de recibir como pago lo que antes obtenían como renta.

Fue el propio Benito Juárez quien, quizá con cierto sarcasmo, manifestó su opinión al respecto, en su afán de desvirtuar la mala opinión que generó la aplicación de este precepto legal, exaltando que la ley no era del todo mala para la institución religiosa, pues dejaba en ella “el goce de los productos de dichos bienes y sólo le quitaba el trabajo de administrarlos”. Y para darle mayor relevancia, predicó con el ejemplo: al poco tiempo de entrar en vigor el articulado jurídico lerdista, Juárez pidió la adjudicación de una finca en la ciudad de Oaxaca, donde fungía entonces como gobernador del estado.
Pero la mesura con que se pretendió atajar el problema fue interpretada por la jerarquía católica como una afrenta directa y con el tiempo devino en la rebeldía y en el apoyo irrestricto a la causa conservadora, en lo que se conoce como la Guerra de Reforma o de Tres Años, suscitada a partir de diciembre de 1857.

Fue en el trance de la guerra, en la medida en que las posiciones radicales de la Iglesia dirigían sus ataques a los republicanos, cuando se tomó la determinación de extremar las providencias legales contra ese enemigo declarado de los constitucionalistas.

 

Así se llegó al 12 de julio de 1859 y a la expedición de la Ley de nacionalización de bienes eclesiásticos y de separación de la Iglesia y el Estado.
El documento estaba redactado en términos que eran producto del intenso enfrentamiento fratricida que por entonces cubría de sangre el territorio mexicano. Se consideraba, sin miramientos, que el motivo esencial de la situación bélica era la actitud desafiante del clero, que pretendía con sus negativas a la ley de 1856 sustraerse de la dependencia a la autoridad civil.

No había sido suficiente la prerrogativa que les permitió seguir percibiendo entradas por las posesiones bajo su administración —aunque ahora como pago definitivo por la propiedad—, y la desobediencia solamente podía entenderse como consecuencia del desentendimiento que mostraban con respecto al beneficio que les había otorgado el gobierno liberal. No cabía la menor duda: el clero, con esta actitud, se consolidaba como una de las rémoras que impedían el progreso de México.

El articulado de la ley no podía ser más explícito. En primer término se corregía el desatino que presentó la Ley Lerdo y se especificaba que entraban a dominio de la nación aquellos bienes que se encontraban bajo la tutela del clero, tanto secular como regular.

Además, la aplicación de estos preceptos legales delimitaba la independencia que era necesario que existiera entre los negocios del Estado y los que pertenecían puramente al ámbito eclesiástico. Así se suprimía, ahora sí sin concesión alguna, todo el aparato orgánico de la institución regular religiosa mexicana: es decir, las órdenes, que habían proliferado durante el virreinato, con el mandato de cristianizar al pueblo sometido, dejaban de existir y solamente se permitía el ejercicio del ministerio, una vez que sus miembros se adhirieran al clero secular; si no lo hacían así, debían desprenderse de sus ropas talantes para siempre.

En cuanto a los conventos de monjas, se dejaría un capital suficiente para que con las rentas que percibieran atendieran a la reparación de fábricas y gastos de las festividades de sus patronos y otras celebraciones, pero antes de destinar estos recursos debían presentar los presupuestos ante la autoridad civil de su localidad, que los revisaría y, en su caso, aprobaría. Todos los bienes que sobraran de dichos conventos pasarían al tesoro de la nación, así como las dotes de aquellas monjas que murieran intestadas.

Como se puede observar, el ordenamiento firmado por Melchor Ocampo, Manuel Ruiz, Miguel Lerdo de Tejada y el presidente Juárez no se andaba por las ramas. Don Benito redactó el mismo día de su expedición a Pedro Santacilia una breve misiva en la que resaltaba el trasfondo del asunto, que para el presidente y sus ministros radicaba en delimitar sin cortapisas la independencia absoluta del poder civil y la libertad religiosa.

Según su criterio, esos puntos eran los más importantes en el marco de la revolución que emprendían contra la influencia reaccionaria. Estaba seguro de que una vez obtenido el triunfo —lo que sucederá en los días finales del año siguiente—, quedaría totalmente satisfecho por haber encumbrado ese objetivo, considerado como un bien a su país, que repercutiría en beneficio de toda la humanidad.

De ese tamaño era la labor que llevó a cuestas este notable grupo de hombres, que sin duda se merece el calificativo que generaciones después les otorgará Antonio Caso como gigantes.

 

por Carlos Betancourt Cid

También te podría gustar...